Pablo Soto, creador del 'software' de intercambio de archivos Blubster y ManolitoP2P, y demandado por varias compañías discográficas por infracción de la propiedad intelectual y competencia desleal por dichos programas 'peer to peer', ha sido absuelto de todos los cargos y tendrá que ser compensado con las costas del juicio por sus demandantes.
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23 diciembre, 2011
07 julio, 2009
El P2P no vulnera la Ley de Propiedad Intelectual
"La resolución (un auto denegatorio de medidas cautelares) analiza a todos los sujetos que pueden intervenir en una relación p2p (el creador de la herramienta, el intermediario que provee enlaces, que en este caso es el demandado, y el propio usuario) para concluir que ninguno de ellos infringe derecho de propiedad intelectual alguno. El primero porque se trata de una mera herramienta de transmisión de datos, el segundo porque no explota ningún derecho de propiedad intelectual y el tercero porque su actividad encuentra acomodo en el derecho de copia privada. Nada menos."
18 febrero, 2007
SGAE. Ansia recaudadora, recaudadores sin fronteras
Reproduzco a continuación un post encontrado en Barrapunto con el que pienso que muchos de nosostros estamos de acuerdo o vamos a estarlo cada vez más y añado unos pequeños comentarios o notas entre paréntesis (x) al final.
«La SGAE insiste en que los proveedores de red paguen derechos de autor. Aparte del más que trillado debate la pregunta es ¿cuántas veces quieren que les paguemos los mismos derechos? Si uno paga canon por la conexión, paga canon por el disco duro y paga canon por el CD...(1) Has pagado 3 veces un canon por el mismo concepto de pago preventivo a una organización mafiosa (acepción tercera ;) no vaya a ser que lo que te bajes sea pirata. Al final, estos señores me cobrarán 3 veces por bajarme una distro (2), y ellos sin tener que ver nada con el tema. Llegados a extremos tan delirantes, esperemos que ningún partido político les haga caso. Por otra parte, he de confesar que después de leer la noticia estoy empezando a plantearme no volver a comprar un CD original, ni para regalo, ni por fetichismo, ni por ná, a ver si se arruina de una vez la industria de la música y desaparecen sus parásitos...»
(1) La grabadora CD-DVD, la ram, la impresora, el mp3, el pendrive, la memoria de tu camara digital, en fin, cualquier medio capaz de almacenar datos y si no cobran ya casi todos éstos es lo que parece que pretenden conseguir.
(2) O por que tú le hagas fotos a tus hijos y las guardes en un cd, guardes tu trabajo, tus proyectos etc, etc.
(3) En otras ocasiones dicen que no, que es ilegal, pero aquí por parte de un representate de la sgae podemos leer: "Así, dijo que esta práctica, que se realiza a través de programas de intercambio de archivos entre particulares (P2P), es distinta de las copias privadas en soportes como el CD o el DVD, que sí están autorizadas y pagan un canon por derechos de autor". LAS COPIAS PRIVADAS (sin ánimo de lucro) YA ESTABAN AUTORIZADAS ANTES DE QUE IMPUSIERAN EL CANON.
(4) Facua reitera la legalidad del intercambio P2P, porque digan lo que quieran en sgae, en este país las descargas p2p, copiar películas y música (copia privada), sin ánimo de lucro, ES LEGAL.
(2) O por que tú le hagas fotos a tus hijos y las guardes en un cd, guardes tu trabajo, tus proyectos etc, etc.
(3) En otras ocasiones dicen que no, que es ilegal, pero aquí por parte de un representate de la sgae podemos leer: "Así, dijo que esta práctica, que se realiza a través de programas de intercambio de archivos entre particulares (P2P), es distinta de las copias privadas en soportes como el CD o el DVD, que sí están autorizadas y pagan un canon por derechos de autor". LAS COPIAS PRIVADAS (sin ánimo de lucro) YA ESTABAN AUTORIZADAS ANTES DE QUE IMPUSIERAN EL CANON.
(4) Facua reitera la legalidad del intercambio P2P, porque digan lo que quieran en sgae, en este país las descargas p2p, copiar películas y música (copia privada), sin ánimo de lucro, ES LEGAL.
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